Los servicios de asesoría e inversión son ofrecidos a través de LPL Financial (LPL), un asesor de inversiones y corredor/agente registrado (miembro de FINRA / SIPC). Los productos de seguros son ofrecidos por LPL o por sus afiliados con licencia. IBC Bank e IBC Investment Services no están registrados como corredor/agente ni como asesor de inversiones. Los representantes registrados de LPL ofrecen productos y servicios mediante IBC Investment Services y pueden también ser empleados de IBC Bank. Estos productos y servicios son proporcionados por LPL o por sus afiliados, los cuales son entidades separadas y no afiliadas a IBC Bank ni a IBC Investment Services. Este sitio está diseñado únicamente para residentes de los EE.UU. Los servicios que se ofrecen aquí son exclusivos para nuestros representantes registrados en los EE.UU. Los representantes de LPL Financial asociados con este sitio pueden discutir y/o realizar transacciones de valores únicamente con residentes de los siguientes estados: Alabama, Arkansas, Arizona, California, Colorado, Delaware, Florida, Georgia, Indiana, Kansas, Kentucky, Luisiana, Maryland, Michigan, Minnesota, Misisipi, Misuri, Montana, Nebraska, Nevada, Nueva Jersey, Nuevo México, Carolina del Norte, Ohio, Oklahoma, Carolina del Sur, Tennessee, Texas, Virginia y Washington.
| No asegurado por la FDIC ni por ningún organismo público | Sin garantía bancaria | No son depósitos ni obligaciones bancarias | Puede perder valor |
| PEQUEÑAS EMPRESAS | CUENTAS PARA EL RETIRO | INDEPENDIENTE |
|---|---|---|
| SEP IRA (Plan Privado de Pensiones IRA) | Ahorro para el retiro 401(K) Individual | |
| Descripción | Como propietario de una pequeña empresa, puede hacer aportaciones deducibles de impuestos. | Como propietario de una pequeña empresa sin empleados, puede aportar más que con otros tipos de planes de jubilación. |
| Requisitos para cotizar | Si es propietario de una pequeña empresa, puede cotizar a cualquier edad. | Si es autónomo, cónyuge o socio, puede cotizar a cualquier edad. |
| Aportación máxima anual | Como propietario de una pequeña empresa, puede optar a lo siguiente: Año fiscal 2020: Aporte hasta el 25% de su sueldo o $57,000, la cantidad que sea menor. | Las aportaciones dependen del sueldo. |
| Aportaciones deducibles de impuestos | Sus aportaciones y las de sus empleados son deducibles de la base gravable federal de su empresa. | Sus aportaciones y las de sus socios comerciales son deducibles de la base gravable federal de su empresa. |
| Tributación de rendimientos y retiros. | Las aportaciones deducibles de impuestos y los rendimientos generados se gravan como ingreso ordinario al momento del retiro. | Las aportaciones y los rendimientos deducibles de impuestos se gravan como ingresos ordinarios cuando se retiran. |
| Penalización por retiro anticipado | Se aplica una penalización del 10 % del IRS en caso de retiros anticipados antes de los 59 años y medio, salvo que exista una excepción autorizada por el IRS. En 2020 no hubo penalizaciones si el retiro fue por motivos relacionados con el COVID-19. | Se aplica una penalización del 10 % del IRS si se retira el dinero antes de los 59 años y medio, a menos que aplique una excepción del IRS. En 2020 no hubo penalizaciones si el retiro estuvo relacionado con el COVID-19. |
| Retiros obligatorios | Debe empezar a los 72 años- 2020 es opcional. | Debe empezar a los 72 años- 2020 es opcional. |